Diferida aprobación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática

El motivo: no se llegó a un acuerdo unánime en torno al artículo 7, que establece cuales son los delitos que quedan excluidos de la norma.

por Nilson Ramirez

La Asamblea Nacional (AN) optó este jueves diferir la segunda discusión del proyecto de ley de amnistía.

La causa del aplazamiento se debe a que no se llegó a un acuerdo unánime en torno al  artículo 7, que enmarcado en el artículo 29 de la Constitución deja muy claro que quedan excluidos de la Ley de Amnistía, aquellos delitos «que, por su naturaleza, comprometen la ética y la dignidad humana, tales como las violaciones graves de los derechos humanos, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra, el homicidio intencional, la corrupción y el tráfico de drogas».

El Poder Legislativo aprobó la norma hasta el artículo 6.

El Legislativo aprobó la semana pasada la propuesta en primera discusión, y luego sostuvo reuniones con sectores de la sociedad civil, entre ellos ONG y familiares de presos políticos, como parte de la consulta pública del borrador de la ley.

En sus 13 artículos, la ley concedería «amnistía general y plena» a todas las personas «procesadas o condenadas» por una serie de delitos, excluyendo a los acusados por violaciones graves de los derechos humanos, delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, homicidio intencional, tráfico de drogas, corrupción y «delitos contra el patrimonio público».

El proyecto cubre casos desde 1999, abarcando los 27 años de Gobiernos del oficialista, pero su artículo 6 la limita a diez períodos específicos de coyunturas políticas, entre el golpe de Estado de abril de 2002 contra el fallecido presidente Hugo Chávez (1999-2013) hasta las protestas desatadas tras la controvertida elección presidencial del 28 de julio de 2024.

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