El proyecto de Ley Orgánica de Minas consagra una novedad en materia impositiva: impone una modalidad de dolarización o utilización de la divisa de mayor valor en el cobro, aunque al final la empresa lo pague en bolívares como viene ocurriendo en la economía venezolana cuando un bien o servicio se presenta con una cantidad y la palabra REF, acrónimo de “referencia”.
El artículo No 92 de la referida propuesta establece lo que se llamará “Impuesto a los titulares de derechos mineros”, que se concibe como tributación superficial por cada hectárea de área otorgada.
Para su cálculo se requiere multiplicar un indicador llamado cantidad de veces por el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, que publica diariamente el Banco Central de Venezuela (BCV); y se causará a partir del segundo año de otorgamiento del derecho respectivo.
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Es así como el número de veces por la tasa BCV va desde 0,5 por un área inferior o igual de 513 hectáreas hasta 5,5 veces a partir del año 18 por una superficie igual o mayor a las 12.312 hectáreas, se indica en el semanario Exclusivas Económicas.
“Estamos viendo la dolarización en el cobro de impuestos como ya venía ocurriendo en otros casos, sobre todo en la imposición de sanciones”, comentó un abogado vinculado a este sector. “
“Hay una clara violación del artículo 146 del Código Orgánico Tributario, que establece que los montos de la base imponible, así como créditos y débitos fiscales se calcularán y cancelarán en moneda nacional, es decir, bolívares”, añade.
Ley de Minas
La propuesta legal de minas, emulando la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, consagra la exención del impuesto a los grandes patrimonios, tributos de gobernaciones y alcaldías, así como el pago de contribuciones parafiscales previstas en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación; Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física; Ley Orgánica de Drogas, así como el aporte previsto en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social.
También eximen a las empresas mineras de cumplir con la Ley de Contrataciones Públicas, es decir, no tienen necesidad de estar alistadas en el registro nacional de contratistas.
Bitácora Económica / NotiPrimicia
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