El fallecimiento de otro privado de libertad en el Centro de Formación del Hombre Nuevo El Libertador, ubicado en el estado Carabobo, ocurrido apenas un día después de que denunciáramos una primera muerte en ese establecimiento, enciende nuevamente las alarmas sobre la atención médica que reciben las personas bajo custodia del régimen.
La segunda víctima fue identificada como Ángel Gabriel Hurtado Fuentes, quien fue trasladado al Hospital Central Dr. Enrique Tejera, donde falleció tras presentar complicaciones de salud asociadas a un cuadro cardiovascular, de acuerdo con la información conocida por el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP).
Hasta el momento, las autoridades penitenciarias no han informado cuál era su condición médica, qué atención recibió mientras permaneció recluido ni cuáles fueron las circunstancias que rodearon su fallecimiento.
En ese sentido es importante mencionar que cuando dos personas fallecen en un mismo establecimiento penitenciario en un período tan corto, ya no se trata únicamente de hechos aislados.
La reiteración de estos casos exige determinar si el sistema de atención médica del penal está funcionando adecuadamente, si los traslados hospitalarios se realizan de manera oportuna y si las autoridades están identificando y atendiendo a tiempo a las personas privadas de libertad que requieren asistencia especializada.
Desde el OVP exhortamos al Ministerio para el Servicio Penitenciario a informar de manera transparente las circunstancias que rodearon ambos fallecimientos y a realizar una evaluación inmediata de las condiciones de salud de la población recluida en el Centro de Formación del Hombre Nuevo El Libertador.
La vida de las personas privadas de libertad es responsabilidad del Gobierno, por lo que dos fallecimientos consecutivos en un mismo establecimiento exigen explicaciones, investigación y la adopción urgente de medidas que garanticen el derecho a la salud y a la vida de toda la población penitenciaria.
Por último, recordemos que el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que el derecho a la vida es inviolable y que el Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de libertad.
Cada persona que muere bajo custodia, sin respuestas, sin investigación y sin medidas para evitar nuevos fallecimientos, representa un incumplimiento de ese mandato constitucional. Entonces, nos preguntamos: ¿Cuántas muertes más deben ocurrir para que Eglée González Lobayo y Larry Devoe actúen y cumplan con el deber que la propia Constitución les impone de proteger la vida de quienes permanecen bajo custodia?
Agencias / NotiPrimicia
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