TSJ declara constitucional la reforma de la Ley contra el Odio y permite continuar el proceso legislativo

por Dennys Bracho

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la conformidad constitucional de la iniciativa de reforma parcial de la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, mediante la sentencia N.º 1034 emitida este jueves 15 de octubre.

La decisión responde a una solicitud de control previo presentada por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, sobre la propuesta impulsada por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez. Con el pronunciamiento del máximo tribunal, la iniciativa puede continuar su trámite legislativo en el Parlamento.

Solicitan anular la Ley contra el Odio

La decisión se produce mientras organizaciones y representantes políticos cuestionan la constitucionalidad de la normativa. El 22 de septiembre, el Comité de Mujeres Políticas, del Movimiento de Mujeres Políticas por Venezuela, introdujo ante el TSJ una demanda de nulidad total y solicitó medidas cautelares para suspender las privaciones de libertad por delitos contemplados en la ley.

El 30 de septiembre, el alcalde de Baruta, Darwin González, se adhirió al recurso y pidió la derogación de la norma y la suspensión de sus efectos.

Aprobada en noviembre de 2017 por la entonces Asamblea Nacional Constituyente, presidida por Delcy Rodríguez, la Ley contra el Odio contempla penas de hasta 20 años de prisión. Según registros de la organización no gubernamental Foro Penal citados en el texto original, más de 900 personas han sido acusadas de «incitación al odio».

Por su parte, Cecodap, organización dedicada a la defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, contabilizó 118 menores imputados por delitos previstos en esta ley entre 2024 y 2025.

NotiPrimicia/TSJ

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