TSJ ratifica que la prisión preventiva es excepcional

por Dennys Bracho

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reiteró que la privación preventiva de libertad no debe aplicarse como norma general, sino como una medida excepcional dentro del proceso penal.

A través de una sentencia publicada el 11 de marzo, la Sala Constitucional subrayó que esta medida solo procede cuando no existan otras vías para garantizar el desarrollo del juicio, especialmente en casos donde exista riesgo de fuga o se trate de delitos graves.

Bajo este criterio, el máximo tribunal acordó sustituir la medida de privación de libertad que pesaba sobre Laura Mercedes Rodríguez Sterling, exadministradora de la Gobernación de Apure, permitiéndole continuar su proceso en libertad.

Los magistrados aclararon que esta decisión no implica un pronunciamiento sobre su culpabilidad o inocencia, sino que responde al principio de proporcionalidad y a la protección de derechos constitucionales.

Rodríguez fue detenida en agosto de 2022, tras señalamientos de presuntos hechos de corrupción en la Gobernación de Apure. De acuerdo con las investigaciones, junto a otros funcionarios habría cobrado comisiones indebidas a cambio de gestionar pagos.

La Sala Constitucional también ordenó revisar el expediente del caso y solicitó a los tribunales de Apure suspender cualquier actuación mientras se lleva a cabo este proceso.

En su pronunciamiento, el TSJ recordó que el Derecho Penal debe ser el último recurso del Estado para resolver conflictos, limitando su aplicación a situaciones donde se afecten gravemente los bienes jurídicos.

Con información de nota de prensa

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